1Ficha del caso
Datos duros sacados de los documentos. Sirven para no preguntar lo que ya está escrito
— y para demostrar que leíste el expediente.
Nombre de fantasíaHospicio Paliativo Casa de Luz
TitularFundación de Ayuda al Niño Oncológico Sagrada Familia
RUT titular65.037.590-4
Representante legalMónica Gana Arteaga
Dueño del terrenoFundación Hogares de San Vicente de Paul
RUT dueño75.996.110-2
Rep. legal dueñoFrancisco Javier Velasco Echazarreta
DirecciónEscanilla 728 · (y Retiro 1597)
Rol S.I.I.831-6
ArquitectoFelipe Schmidt Covarrubias · OdA
Permiso de edificaciónN°18 · 24-05-2019
Superficie de la ampliación1.689,12 m² · 3 pisos
Superficie total del predio5.466,30 m² en 4.731 m²
Resolución REASEx. 001350 · 29-04-2024
El programa completo, según los planos: 9 habitaciones con baño y balcón + estación de enfermería +
botiquín de estupefacientes + hidromasaje + 2 box de atención psicosocial + sala de procedimientos +
sala de preparación de medicamentos + cocina y comedor + capilla + velatorio + lavandería +
sala multiuso y sala de arte + bodega de insumos médicos + 26 estacionamientos subterráneos.
2Lo que encontré en los papeles
Cinco cosas que no están en el correo de Felipe. La primera es buena noticia y conviene
llevarla lista.
1 · La zona SÍ permite uso Salud. El Certificado de Informaciones Previas N°642 dice que el predio
está en
Zona “C” Renovación del PRC de Independencia 2014, y entre los usos permitidos aparece
expresamente
Equipamiento: … Salud ….
“USOS DE SUELOS PERMITIDOS: Residencial: Vivienda y hotel, hostal. Equipamiento: Comercio, Culto y
Cultura, Deporte, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios públicos y privados, Social.”
CIP N°642, 03-09-2018, punto 5.1
Es decir: el problema
no es que el terreno prohíba salud. Es que el permiso se tramitó bajo otro destino.
Eso convierte un problema estructural en un problema de trámite.
2 · El destino municipal dice HOSTAL, no salud. El Permiso N°18/2019 clasifica la obra como
RESIDENCIAL (Art. 2.1.25 OGUC), destino específico “HOSTAL PARA NIÑOS CON CANCER”.
Pero la SEREMI, en su propia resolución REAS, lo llama “establecimiento de atención de salud”.
Esa contradicción entre el destino municipal y el uso sanitario es, a mi juicio, el nudo real del caso
— más que el comodato. Y como la zona permite salud, la salida existe: modificar el destino en la DOM.
3 · Lo que tienen de REAS no es lo que creen. La Res. Ex. 001350 aprueba el
proyecto de
almacenamiento. Su punto 4 exige un trámite posterior que probablemente está pendiente:
“una vez ejecutado el proyecto aprobado por esta Resolución, se deberá solicitar a esta Autoridad
Sanitaria la respectiva autorización sanitaria de la instalación, oportunidad en la cual se deberá
presentar el Programa de Vigilancia para los trabajadores, que indique cargos, matriz de riesgo y
parámetro a vigilar, además de incorporar las vacunas correspondientes y las capacitaciones del personal
encargado de los REAS.”
Res. Ex. 001350, punto 4
4 · Hay dos trámites sanitarios que nadie está nombrando. Los planos muestran
botiquín de estupefacientes en el segundo piso y estanques de oxígeno con MAP en el patio de
servicio. En cuidados paliativos pediátricos el manejo de opioides es central, y eso tiene su propia
autorización, su libro de control y su receta cheque. Los gases clínicos también. Levantar esto en la
reunión te posiciona de inmediato.
5 · El set de planos REAS está descoordinado. Las láminas 001 y 002 dicen junio 2026 y la
lámina 003 dice abril 2024, y las tres dicen “REV 0”. Si se ingresa así, es observación segura.
Y el antecedente que mejor predice la dificultad: el expediente REAS —el trámite más simple de todos—
fue rechazado el 03-01-2024, entró recurso de reposición el 10-01, pasó por siete rondas de
antecedentes complementarios (08-03, 14-03, 15-03, 28-03, 31-03, 10-04 y 11-04) y recién se aprobó el
29-04-2024. Tres meses y medio para los residuos.
6Cómo pararte en la reunión
La frase que abre
“Leí el expediente completo. Quiero partir por una buena noticia: el uso de suelo de la zona sí permite
Salud — está en el CIP. El problema no es el terreno, es que el permiso se tramitó como hostal. Eso tiene
solución conocida.”
La que ordena expectativas
“El proyecto REAS, que es el trámite más simple de todos, fue rechazado y necesitó siete rondas de
antecedentes en tres meses y medio. Quiero ser honesta: acá el plazo no lo controla quien tramita, porque
depende de que la SEREMI termine de definir una figura que hoy no existe.”
Decir esto antes de cotizar te protege de que
después te atribuyan la demora.
La que justifica el modelo de cobro
“Felipe pide alguien que tramite y esté en contacto permanente con la SEREMI. Eso no es un trámite,
es un acompañamiento. Por eso propongo un honorario mensual de gestión más un hito al obtener la resolución,
en vez de un precio único.”
Ojo con el orden. Antes de comprometer nada, confirma la recepción final municipal. Si no existe,
la primera etapa del trabajo no es la SEREMI sino la Dirección de Obras, y eso cambia por completo el alcance,
el plazo y quién más tiene que participar.
Lo que no hay que perder de vista. Es un hospicio para niños en etapa terminal de cáncer, operando hace
cuatro años sin resolución sanitaria, y la propia autoridad los ha dejado funcionar porque la figura no existe.
Bien llevado, es el caso emblemático de Resolución Seremi.